miércoles, 2 de octubre de 2013


NOTICIAS CAPIP DEL 02/10/2013


Con fecha 28 de Setiembre de 2013, en Urdinarrain, Entre Rios, con la concurrencia de 50 productores de distintas zonas de la Provincia, se realizo una nueva reunión informativa a productores interesados en asociarse a nuestra Cámara.

Después de comentarse diversas noticias y estado de cosas de nuestra actividad y producido un debate entre los concurrentes, se asociaron a nuestra Cámara la mayoría de los concurrentes, que todavía no estaban asociados.

Tal fue el impacto de los temas vertidos, que muchos de los nuevos asociados se comprometieron a pregonar nuestra actividad a fin de lograr a su vez nuevos asociados.
Concretamente uno de los nuevos socios, a fin de trasmitir nuestras actividades, se ofreció para organizar un nuevo encuentro en otra zona, la cual se caracteriza por contar con una gran cantidad de productores avícolas integrados. La nueva reunión se realizará el día Jueves 21 de Noviembre de 2013 en Herrera, Provincia de Entre Rios.
Según comentarios vertidos por concurrentes a la reunión, se pudo comprobar la dramática situación por la que están atravesando algunos productores, a los cuales se les están adeudando mas de una crianza y se pretende retirar la crianza en curso sin el cumplimiento del pago de las anteriores.

Por otra parte se pudo apreciar el malestar general que está ocasionando la generalización de extensión de los plazos de pagos, en algunos casos hasta mas de 100 días de fecha de retiro de los animales, como los bajos precios pagados en la mayoría de los casos, bajos precios que no llegan a cubrir los costos de producción.

Se observa que la actividad avícola, como otras actividades productivas no están pasando por un buen momento, pero se comprobó también que dentro de nuestra actividad, cuando otros sectores (personal de planta de faena, transportistas, etc) se pusieron de acuerdo en no prestar servicios hasta que se regularizara la situación de pago o de acomodamiento de los sueldos o tarifas a valores razonables, lograron su objetivo, pero entendemos que a costa de perjudicarnos a los productores, los cuales, como se dijo, no logran un aumento de tarifas y si padecen un extensión de los plazos de pagos. Desgraciadamente esta sucediendo lo que nunca debe suceder, que para lograr algo se deba apelar a la la fuerza y no a una negociación civilizada para que se preste atención a los problemas.

Particularmente seguiremos pregonando que los diferendos se deben solucionar a través de negociaciones razonables y utilizar como último recurso la fuerza, pero no debemos descartar que ello sea necesario, si no hay comprensión hacia nuestro sector.

Mientras tantos, es sumamente importante que incrementemos nuestro caudal de asociados, actualmente estamos cerca de los 100 asociados, pero debemos acrecentar notablemente este número, para que nuestras voces en conjunto sean mejor escuchadas.

Tomemos conciencia que cuanto mas socios seamos, mas estaremos respaldados mutuamente y mas herramientas tendremos para ser respetados.
NUEVA ESCALA SALARIAL PARA LA ACTIVIDAD
A PARTIR DEL 01/06/2013
COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución Nº 33/2013
Bs. As., 30/7/2013 (BO 08/08/2013)
VISTO el expediente Nº 1.571.367/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acta Acuerdo de fecha 13 de junio de 2013 celebrada entre la entidad sindical U.A.T.R.E. y la entidad empresaria C.A.P.I.A, se conviene incrementar, a partir del día 1° de junio de 2013 y del 1° de noviembre de 2013, las remuneraciones mínimas establecidas en la Resolución de la COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº 60 de fecha 16 de agosto de 2012, para el Personal de Producción, Mantenimiento, Gestión, Plantas de Incubación, de Moledora, de Revisación, de Clasificado y Procesado de Huevos.

Que dada la complejidad que observa en la actualidad el desarrollo de la actividad avícola, se debe tener especial atención que, cuando la misma se desarrolla en granjas o en establecimientos rurales en todo el territorio Nacional se rige por el Régimen el Trabajo Agrario instituido por la Ley 26.727 en concordancia con el artículo 5° del mencionado Régimen.

Que cuando la actividad avícola se realiza en establecimientos industriales se rige por los Convenios Colectivos de Trabajo celebrados para dicha actividad.

Que las categorías que la presente aprueba no son las mismas que las reguladas por los Convenios Colectivos de Trabajo en vigencia para la actividad.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de los valores y del incremento en las remuneraciones para la actividad, debe procederse a su determinación.

Que asimismo, deciden instaurar una Cuota Aporte de Solidaridad Gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en al marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727.

Por ello, LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE:

Articulo 1° — Fíjanse las remuneraciones para el personal que se desempeña en tareas AVICOLAS en el ámbito todo el País, en las tareas de Producción, Mantenimiento, Gestión, Plantas de Incubación, Moledora, Revisación, Clasificado y Procesado de Huevos, con la exclusión de las actividades que se realizan en Establecimientos Industriales, en las condiciones que se consignan en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2° — Las remuneraciones consignadas en los Anexos I y II de la presente Resolución tendrán vigencia a partir del 1° de junio de 2013 y del 1° de noviembre de 2013, respectivamente.
Art. 3° — Establécese que los empleadores actuarán como agentes de retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar por el plazo más abajo indicado a todos los trabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, la que se establece en el DOS POR CIENTO (2%) mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuenta especial de UATRE Nº 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina. Los afiliados a la Asociación Sindical signataria de la presente quedan exentos de pago de la cuota solidaria. La retención precedentemente establecida regirá a partir de la vigencia de la presente Resolución y por el término de CUATRO (4) meses. La presente cuota aporte de solidaridad no corresponde superponerla con la establecida para los trabajadores permanentes comprendidos en la Resolución CNTA Nº 103 de fecha 1º de noviembre de 2012 o la que eventualmente la reemplace, y que por ello no deberán efectuarse descuentos por este concepto si se ha efectuado la deducción por aquella otra.
Art. 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ANEXO I

PARA EL PERSONAL DE PRODUCCION. MANTENIMIENTO. GESTION. PLANTAS DE INCUBACION. DE MOLEDORA. DE REVISACION. DE CLASIFICADO Y PROCESADO DE HUEVOS CON EXCLUSION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES.

Vigencia: A partir del 1° de junio de 2013

MENSUAL
JORNAL
Peón Avícola
Trabajador no calificado
$ 4.618,86
$ 200,82
Trabajador semicalificado
$ 4.719,05
$ 205,18
Trabajador calificado
$ 4.820,28
$ 209,58
Personal de Transporte
Trabajador no calificado
$ 5.022,67
$ 218,38
Trabajador semicalificado
$ 5.054,30
$ 219,75
Trabajador calificado
$ 5.288,41
$ 229,93
Personal Jerárquico
Encargado
$ 5.465,51
$ 237,63
Capataz
$ 5.731,23
$ 249,18

Bonificación zona desfavorable (Art. Nº 30)
1) Provincias de Río Negro y Neuquén
10%
2) Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego
20%

ANEXO II

PARA EL PERSONAL DE PRODUCCION. MANTENIMIENTO. GESTION. PLANTAS DE INCUBACION. DE MOLEDORA. DE REVISACION. DE CLASIFICADO Y PROCESADO DE HUEVOS CON EXCLUSION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES.

Vigencia: A partir del 1° de noviembre de 2013

MENSUAL
JORNAL
Peón Avícola
Trabajador no calificado
$ 5.126,93
$ 222,91
Trabajador semicalificado
$ 5.238,14
$ 227,75
Trabajador calificado
$ 5.350,51
$ 232,63
Personal de Transporte
Trabajador no calificado
$ 5.575,16
$ 242,40
Trabajador semicalificado
$ 5.610,27
$ 243,92
Trabajador calificado
$ 5.870,14
$ 255,22
Personal Jerárquico
Encargado
$ 6.066,72
$ 263,77
Capataz
$ 6.361,67
$ 276,59

Bonificación zona desfavorable (Art. Nº 30)
1) Provincias de Río Negro y Neuquén
10%
2) Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego
20%